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Examen de prueba gratis: 10 reactivos de práctica para la certificación PLD/FT de la CNBV
Actualizado el 28 de octubre de 2026 · 15 min de lectura · Equipo editorial CEMPA · Cómo elaboramos este contenido
Contenido de esta página
Resuelve cada reactivo antes de abrir la respuesta. Calcula unos 2 minutos por reactivo.
- 1. Penas del financiamiento al terrorismo (art. 139 Quáter CPF)
- 2. Las Recomendaciones del GAFI
- 3. Autoridades nacionales: quién emite y quién sanciona
- 4. Reportes que exige el art. 115 LIC
- 5. Reporte de operaciones en efectivo con dólares (34.ª Bis)
- 6. Reporte de cheques de caja (34.ª Ter)
- 7. LFPIORPI: uso de efectivo prohibido
- 8. Informe de auditoría en materia de PLD/FT: periodo y destinatarios
- 9. Metodología de evaluación de riesgos: elementos de riesgo
- 10. Enfoque basado en riesgo según el GAFI (Recomendación 1)
Reactivo 1 · área 1 · 1.1
Conforme al Código Penal Federal, a quien aporte o recaude fondos con conocimiento de que serán destinados a financiar actividades de individuos u organizaciones terroristas se le impone la misma pena que señala el artículo ___ para el terrorismo, es decir, de ___ años de prisión.
- A.139 — cinco a quince
- B.400 Bis — cinco a quince
- C.148 Bis — quince a cuarenta
- D.139 — quince a cuarenta
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: D. El art. 139 Quáter del Código Penal Federal no fija una pena propia: remite a "la misma pena señalada en el artículo 139", que es de quince a cuarenta años de prisión y multa de cuatrocientas a mil doscientas veces el valor diario de la UMA.
- A: El artículo es correcto, pero la pena de cinco a quince años es la del lavado de dinero.
- B: Son el artículo y la pena del lavado de dinero (art. 400 Bis: cinco a quince años), no del financiamiento al terrorismo.
- C: El 148 Bis tipifica el terrorismo internacional y también prevé quince a cuarenta años, pero el 139 Quáter remite expresamente al artículo 139.
Fundamento: Código Penal Federal, art. 139 Quáter (DOF 14-03-2014) y art. 139, párrafo primero (reformado DOF 07-06-2024). · Código Penal Federal, art. 400 Bis (pena del lavado de dinero) y art. 148 Bis (terrorismo internacional).
Reactivo 2 · área 1 · 1.2
Relaciona cada Recomendación del GAFI con su tema: 1. Recomendación 10 2. Recomendación 12 3. Recomendación 20 4. Recomendación 24 a) Reporte de operaciones sospechosas b) Transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas c) Debida diligencia del cliente d) Personas expuestas políticamente
- A.1d, 2c, 3a, 4b
- B.1c, 2d, 3a, 4b
- C.1a, 2d, 3c, 4b
- D.1c, 2d, 3b, 4a
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: B. En las 40 Recomendaciones, la 10 es "Debida diligencia del cliente", la 12 "Personas expuestas políticamente", la 20 "Reporte de operaciones sospechosas" y la 24 "Transparencia y beneficiario final de las personas jurídicas". Las tres primeras están en el bloque D (medidas preventivas) y la 24 en el bloque E (transparencia y beneficiario final).
- A: Intercambia la 10 y la 12, dos medidas preventivas contiguas que suelen confundirse.
- C: Asigna a la 10 el reporte de operaciones sospechosas y a la 20 la debida diligencia: es justo al revés.
- D: Intercambia la 20 y la 24: el reporte de operaciones sospechosas es la 20; la transparencia de personas jurídicas, la 24.
Fundamento: GAFI, Estándares internacionales (40 Recomendaciones), traducción de GAFILAT actualizada a diciembre de 2024: R.10, R.12, R.20 y R.24. · Temario CNBV agosto 2026, tema 1.2.3 "Las Recomendaciones del GAFI".
Reactivo 3 · área 1 · 1.3
Respecto a las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, ¿qué afirmación es correcta?
- A.Las emite la CNBV por sí sola y la Unidad de Inteligencia Financiera sanciona su incumplimiento.
- B.Las emite el Banco de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sanciona su incumplimiento.
- C.Las emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, escuchando la opinión previa de la CNBV, y la CNBV sanciona su incumplimiento.
- D.Las emite la Unidad de Inteligencia Financiera y la CNBV las aplica solo a los bancos de desarrollo.
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: C. El art. 115 de la LIC dice que las instituciones de crédito cumplen sus obligaciones de prevención "en términos de las disposiciones de carácter general que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, escuchando la previa opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores", y que la violación a esas disposiciones "será sancionada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores".
- A: La CNBV opina y supervisa, pero no emite sola las Disposiciones; y la UIF recibe reportes, no impone estas multas.
- B: Banxico no emite las Disposiciones de PLD/FT de la LIC.
- D: La UIF forma parte de la SHCP y recibe los reportes, pero la facultad de emitir las Disposiciones es de la Secretaría; además aplican a todas las instituciones de crédito.
Fundamento: Ley de Instituciones de Crédito, art. 115: párrafo que obliga a las instituciones "en términos de las disposiciones de carácter general que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público" (reformado DOF 18-07-2006) y párrafo de sanciones (reformado DOF 10-01-2014).
Reactivo 4 · área 2 · 2.1
Además de las inusuales, ¿cuáles de las siguientes operaciones menciona expresamente el art. 115 de la LIC como materia mínima de los reportes que deben presentar las instituciones de crédito? 1. Operaciones relevantes 2. Operaciones de crédito hipotecario 3. Operaciones internas preocupantes 4. Operaciones relacionadas con transferencias internacionales 5. Operaciones con tarjeta de débito 6. Operaciones en efectivo realizadas en moneda extranjera
- A.1, 3, 4, 6
- B.1, 3, 5, 6
- C.2, 4, 5, 6
- D.1, 2, 3, 4
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: A. El art. 115 de la LIC dice que los reportes "deberán referirse cuando menos a operaciones que se definan por las disposiciones de carácter general como relevantes, internas preocupantes e inusuales, las relacionadas con transferencias internacionales y operaciones en efectivo realizadas en moneda extranjera". El crédito hipotecario y la tarjeta de débito no aparecen como categorías de reporte.
- B: Incluye la tarjeta de débito, que no es una categoría de reporte, y omite las transferencias internacionales.
- C: Omite las relevantes y las internas preocupantes, dos de los reportes centrales.
- D: Incluye el crédito hipotecario, que no es una categoría de reporte, y omite las operaciones en efectivo en moneda extranjera.
Fundamento: Ley de Instituciones de Crédito, art. 115, párrafo sobre los reportes de la fracción II (reformado DOF 28-01-2004 y 10-01-2014). · Temario CNBV agosto 2026, tema 2.1.3 "Reportes".
Reactivo 5 · área 2 · 2.1
En el mismo trimestre, un Usuario de un banco (sin relación comercial permanente) le vende exactamente 250 dólares en efectivo, y un Cliente deposita exactamente 500 dólares en efectivo en su cuenta. Conforme a la 34.ª Bis de las Disposiciones del art. 115 LIC, ¿cuál operación debe incluirse en el reporte de operaciones en efectivo con dólares?
- A.Ninguna: solo se reportan las operaciones de 7,500 dólares o más.
- B.Solo la del Usuario: a los Usuarios se les aplica un umbral más bajo que a los Clientes.
- C.Las dos: ambas alcanzan exactamente su umbral.
- D.Solo la del Cliente: para Clientes el umbral es igual o superior a 500 dólares, y para Usuarios es superior a 250.
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: D. La 34.ª Bis pide reportar cada operación en efectivo con dólares de Clientes "por un monto igual o superior a quinientos dólares" y de Usuarios "por un monto superior a doscientos cincuenta dólares". El depósito del Cliente (500) sí entra; la venta del Usuario (exactamente 250) no, porque la norma dice "superior", no "igual o superior". El reporte es trimestral, en los diez primeros días hábiles de enero, abril, julio y octubre.
- A: 7,500 dólares es el umbral de las operaciones relevantes, un reporte distinto.
- B: El umbral del Usuario es más bajo (250), pero la operación debe superarlo, y la del Cliente sí alcanza el suyo.
- C: Pasa por alto que para Usuarios la palabra es "superior": 250 exactos no la cumplen.
Fundamento: Disposiciones del art. 115 LIC, 34.ª Bis, párrafo primero, fr. I (DOF 16-06-2010) y fr. II (DOF 20-12-2010). · Disposiciones del art. 115 LIC, 2.ª, fr. XXX (operación relevante, USD 7,500).
Reactivo 6 · área 2 · 2.1
Las instituciones de crédito deben reportar cada expedición o pago de cheques de caja por un monto igual o superior al equivalente a ___ dólares, dentro de ___.
- A.siete mil quinientos — los diez primeros días hábiles de enero, abril, julio y octubre
- B.mil — los quince días hábiles siguientes al último día hábil de cada mes
- C.diez mil — los quince días hábiles siguientes al último día hábil de cada mes
- D.diez mil — los diez primeros días hábiles de enero, abril, julio y octubre
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: D. La 34.ª Ter pide un reporte por cada expedición o pago de cheques de caja "por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a diez mil dólares", con la misma periodicidad trimestral de las relevantes: los diez primeros días hábiles de enero, abril, julio y octubre. Esa operación queda exenta de los reportes de la 34.ª y la 34.ª Bis.
- A: 7,500 dólares es el umbral de las operaciones relevantes, no el de los cheques de caja.
- B: Mil dólares y el plazo mensual son los de las transferencias internacionales de fondos (35.ª).
- C: El monto es correcto, pero el plazo mensual de quince días hábiles corresponde a las transferencias internacionales.
Fundamento: Disposiciones del art. 115 LIC, 34.ª Ter (adicionada DOF 25-04-2014). · Disposiciones del art. 115 LIC, 35.ª (transferencias internacionales, USD 1,000, mensual).
Reactivo 7 · área 2 · 2.2
En 2026 (UMA diaria: 117.31 pesos), una persona quiere liquidar en efectivo la compra de un automóvil de 450,000 pesos en una agencia. Conforme al art. 32 de la LFPIORPI, ¿qué procede?
- A.No puede liquidarse en efectivo: para vehículos el límite es de 3,210 veces la UMA diaria (376,565.10 pesos) y la compra lo supera.
- B.Puede pagarse en efectivo sin restricción: el art. 32 solo limita el efectivo en la compra de inmuebles.
- C.Puede pagarse en efectivo, porque el límite de 8,025 veces la UMA aplica a cualquier bien.
- D.Puede pagarse en efectivo, pero la agencia debe presentar aviso porque supera 6,420 veces la UMA.
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: A. El art. 32 de la LFPIORPI (reformado el 16-jul-2025) prohíbe liquidar en efectivo la compraventa de vehículos aéreos, marítimos o terrestres por un valor igual o superior al equivalente a 3,210 veces el valor diario de la UMA. Con la UMA 2026 (117.31 pesos), el límite es de 376,565.10 pesos; 450,000 lo supera.
- B: El art. 32 limita el efectivo en inmuebles, vehículos, joyas, relojes, obras de arte, blindaje, acciones y otros bienes, no solo en inmuebles.
- C: 8,025 UMA es el límite de efectivo para inmuebles, no para vehículos.
- D: 6,420 UMA (753,130.20 pesos en 2026) es el umbral de aviso de vehículos del art. 17; 450,000 no lo alcanza, y el efectivo ya está prohibido desde 3,210.
Fundamento: LFPIORPI, art. 32, fr. II (reformado DOF 16-07-2025). · LFPIORPI, art. 17, fr. VIII (umbral de aviso de vehículos: 6,420 UMA). · INEGI, valor de la UMA 2026: 117.31 pesos diarios.
Reactivo 8 · área 3 · 3.1
La revisión de auditoría en materia de PLD/FT de una institución de crédito evalúa y dictamina el periodo de ___, y sus resultados deben presentarse a ___.
- A.enero a diciembre — la dirección general y al Comité de Comunicación y Control
- B.enero a diciembre — la UIF y al Banco de México
- C.julio a junio — el consejo de administración y a la UIF
- D.los doce meses previos a la visita de inspección de la CNBV — el Oficial de Cumplimiento
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: A. La 60.ª de las Disposiciones del art. 115 LIC pide una revisión, por auditoría interna o por un auditor externo independiente, "para evaluar y dictaminar de enero a diciembre" la efectividad del cumplimiento, y que sus resultados se presenten "a la dirección general y al Comité". En esa valoración no puede participar ningún miembro del Comité, y el informe se envía a la CNBV dentro de los 60 días naturales siguientes al cierre del ejercicio.
- B: El periodo es correcto, pero los resultados se presentan a la dirección general y al Comité; el informe se remite a la CNBV, no a la UIF ni a Banxico.
- C: El periodo es el año calendario, no de julio a junio, y el informe no se dirige a la UIF.
- D: El periodo no depende de las visitas de la CNBV, y el oficial de cumplimiento es parte del Comité, que no participa en la valoración.
Fundamento: Disposiciones del art. 115 LIC, 60.ª, párrafos primero (DOF 28-08-2024) y tercero (DOF 24-02-2017).
Reactivo 9 · área 3 · 3.3
Según la Guía de la CNBV para la elaboración de una Metodología de Evaluación de Riesgos en materia de PLD/FT (2019), ¿cuáles son los elementos de riesgo que debe considerar la metodología de una entidad? 1. Clientes y/o usuarios 2. Países y áreas geográficas 3. Antigüedad del Oficial de Cumplimiento en el cargo 4. Productos y servicios 5. Transacciones y canales de envío o distribución 6. Calificación crediticia de la entidad
- A.2, 4, 5, 6
- B.1, 2, 3, 4
- C.1, 3, 5, 6
- D.1, 2, 4, 5
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: D. La Guía de 2019 define los elementos de riesgo como "Clientes y/o Usuarios; países y áreas geográficas; productos y servicios; transacciones y canales de envío o distribución", y la 21.ª-1 de las Disposiciones del art. 115 LIC pide evaluar los riesgos derivados de esos mismos factores. Para cada elemento, la entidad define indicadores y luego mide y mitiga.
- A: La calificación crediticia de la entidad no es un elemento de riesgo de LD/FT, y omite a clientes y usuarios.
- B: La antigüedad del oficial de cumplimiento no es un elemento de riesgo, y omite transacciones y canales.
- C: Omite países y productos, e incluye dos factores que no aparecen en la Guía.
Fundamento: CNBV, Guía para la elaboración de una Metodología de Evaluación de Riesgos en materia de PLD/FT, 6-sep-2019, definición IV (Elementos de Riesgo). · Disposiciones del art. 115 LIC, 21.ª-1 (DOF 22-03-2019).
Reactivo 10 · área 3 · 3.2
Conforme a la Recomendación 1 del GAFI y su nota interpretativa, ¿qué implica aplicar un enfoque basado en riesgo?
- A.Que todas las instituciones apliquen exactamente las mismas medidas a todos sus clientes para garantizar un trato igual.
- B.Que una institución pueda exentar de debida diligencia a cualquier cliente que considere de bajo riesgo, aunque no lo haya evaluado.
- C.Que las medidas de prevención sean proporcionales a los riesgos identificados: intensificadas donde el riesgo es mayor y, donde se identifica un riesgo menor, pueden permitirse medidas simplificadas.
- D.Que la evaluación anual de riesgos sustituya la obligación de reportar operaciones sospechosas.
Ver la respuesta y el fundamento
Correcta: C. La Recomendación 1 pide a los países identificar, evaluar y entender sus riesgos y "aplicar un enfoque basado en riesgo (EBR) a fin de asegurar que las medidas […] sean proporcionales a los riesgos identificados". Su nota interpretativa pide medidas intensificadas ante riesgos mayores y permite medidas simplificadas solo donde se haya identificado un riesgo menor.
- A: Aplicar lo mismo a todos es justo lo contrario del enfoque basado en riesgo.
- B: Las medidas simplificadas requieren que el riesgo menor esté identificado; no son una exención libre.
- D: El reporte de operaciones sospechosas (Recomendación 20) no se sustituye con la evaluación de riesgos.
Fundamento: GAFI, Recomendación 1 y su nota interpretativa, párrafos 6 y 7 (traducción de GAFILAT, diciembre de 2024). · GAFI, Recomendación 20 (reporte de operaciones sospechosas).
Cómo se hicieron
Cada reactivo parte de un dato verificado en el texto oficial vigente y prueba un error frecuente: confundir dos plazos, dos umbrales, dos artículos o quién emite y quién sanciona. Los distractores son respuestas que parecen correctas por una razón concreta, que explicamos. Cómo elaboramos y verificamos este contenido.
| # | Área | Subárea | Tema | Formato |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 1 | 1.1 | Penas del financiamiento al terrorismo (art. 139 Quáter CPF) | Completamiento |
| 2 | 1 | 1.2 | Las Recomendaciones del GAFI | Relación de elementos |
| 3 | 1 | 1.3 | Autoridades nacionales: quién emite y quién sanciona | Cuestionamiento directo |
| 4 | 2 | 2.1 | Reportes que exige el art. 115 LIC | Elección de elementos |
| 5 | 2 | 2.1 | Reporte de operaciones en efectivo con dólares (34.ª Bis) | Cuestionamiento directo (caso) |
| 6 | 2 | 2.1 | Reporte de cheques de caja (34.ª Ter) | Completamiento |
| 7 | 2 | 2.2 | LFPIORPI: uso de efectivo prohibido | Cuestionamiento directo (caso) |
| 8 | 3 | 3.1 | Informe de auditoría en materia de PLD/FT: periodo y destinatarios | Completamiento |
| 9 | 3 | 3.3 | Metodología de evaluación de riesgos: elementos de riesgo | Elección de elementos |
| 10 | 3 | 3.2 | Enfoque basado en riesgo según el GAFI (Recomendación 1) | Cuestionamiento directo |
Fuente: Temario de la certificación en materia de PLD/FT, versión agosto 2026 (CNBV), consultada el 20 de octubre de 2026. Los formatos son los de la Guía para el sustentante (Ceneval, 12.ª ed. 2026, p. 20).
Importante · ¿Y después?
Simulador gratis de 15 reactivos con resultado por área · diagnóstico del área 1 · área 2 · área 3.
Reactivos de práctica elaborados por CEMPA a partir del temario público y de la normativa vigente; no son reactivos del examen ni reproducen preguntas aplicadas. CEMPA (Centro Mexicano para la Preparación Académica) es una empresa independiente de preparación. No está afiliada, patrocinada ni avalada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ni el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (Ceneval). Los nombres de esas instituciones se citan solo para identificar el examen y las normas a las que se refiere este contenido. El registro, el pago de derechos, la aplicación del examen y la emisión del certificado se hacen únicamente ante la CNBV.
Preguntas frecuentes
¿Estas son las preguntas o respuestas del examen real de la CNBV?
No. Son reactivos de práctica originales de CEMPA. Los reactivos del examen no se publican y no circulan legalmente; quien ofrezca "las respuestas del examen" no tiene acceso a la prueba. Lo que sí sirve es practicar con el mismo formato y estudiar la norma que se evalúa.
¿Cuántas preguntas tiene el examen de certificación PLD de la CNBV?
La CNBV no publica el número de reactivos. Lo oficial es que son de opción múltiple con 4 opciones, en 3 áreas, en una sola sesión de 4 horas en computadora, y que hay que aprobar las tres áreas.
¿Cómo están hechos estos reactivos?
Se redactaron desde la normativa vigente (Código Penal Federal, LIC, Disposiciones del art. 115, LFPIORPI, Recomendaciones del GAFI, Guía de metodología de la CNBV), con los cuatro formatos que describe la guía del Ceneval. Cada uno cita su fundamento y la fecha en que lo verificamos.
¿Dónde practico más?
En el simulador gratis de 15 reactivos y en los diagnósticos por área (10 reactivos cada uno), todos con explicación.
Fuentes
- Guía para el sustentante, Certificación CNBV en materia de PLD/FT, 12.ª edición 2026 (Ceneval/CNBV), consultada el 20 de octubre de 2026.
- Temario de la certificación en materia de PLD/FT, versión agosto 2026 (CNBV), consultada el 20 de octubre de 2026.
- Código Penal Federal (texto vigente, Cámara de Diputados), consultada el 20 de octubre de 2026.
- Ley de Instituciones de Crédito, art. 115 (texto vigente, última reforma DOF 14-nov-2025, Cámara de Diputados), consultada el 21 de octubre de 2026.
- Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito (compilado con la reforma del DOF 28-ago-2024, publicado por la CNBV en gob.mx), consultada el 26 de octubre de 2026.
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (texto vigente, Cámara de Diputados), consultada el 20 de octubre de 2026.
- Las 40 Recomendaciones del GAFI (traducción de GAFILAT), consultada el 20 de octubre de 2026.
- Guía para la elaboración de una Metodología de Evaluación de Riesgos en materia de PLD/FT (CNBV, 6 de septiembre de 2019), consultada el 26 de octubre de 2026.
- Valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026 (INEGI), consultada el 26 de octubre de 2026.
Verifica siempre la información vigente en la página de la certificación en gob.mx/cnbv y en el Diario Oficial de la Federación. Este contenido es informativo; no es asesoría legal ni sustituye la lectura de la norma.
CEMPA (Centro Mexicano para la Preparación Académica) es una empresa independiente de preparación. No está afiliada, patrocinada ni avalada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ni el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (Ceneval). Los nombres de esas instituciones se citan solo para identificar el examen y las normas a las que se refiere este contenido. El registro, el pago de derechos, la aplicación del examen y la emisión del certificado se hacen únicamente ante la CNBV.
Equipo editorial CEMPA · Quiénes somos
Publicado el 20 de octubre de 2026 · Actualizado el 28 de octubre de 2026 · Datos oficiales verificados el 20 de octubre de 2026